Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas
Desarrollo Urbano
La licencia de uso de suelo es la autorización oficial emitida por la autoridad municipal para el uso de suelo con el fin de Informar y orientar a la población de todas las normas, leyes, reglamentos y ordenamientos legales a los que se tienen que sujetar las construcciones dentro del municipio. Incluirá restricciones federales, estatales y municipales.
Personas físicas y Personas morales
Antes de iniciar actividades comerciales, industriales y cualquier obra que implique una demolición, construcción, remodelación o ampliación que modifique el uso y/o destino de un inmueble de acuerdo a lo indicado en el plan director de desarrollo urbano o programas parciales.
Comprobante de pago del impuesto predial actualizado (2 copias)
Recibo de agua potable actualizado (2 copias)
Testimonio de la Escritura pública del predio o documento que compruebe la legítima posesión (2 copias)
Croquis catastral (2 copias)
Cédula catastral (2 copias)
Croquis del proyecto indicando las medidas del área de ocupación, firmado por el propietario (2 copias)
Solicitud dirigida al director de Desarrollo Urbano especificando la ubicación y uso que se le pretende dar al predio.
Fotografías a color del área a ocupar en el estado actual (2-4 unidades)
Factibilidad urbano ambiental emitida por la autoridad competente estatal en caso de ser un desarrollo habitacional o comercial (2 copias)
Autorización en materia ambiental emitida por la autoridad competente federal (2 copias)
a) Orientación y entrega de formato único de requisitos
b) Entrega de expediente completo en ventanilla única.
c) Análisis del expediente, inspección y autorización.
d) Elaboración de orden de pago.
e) Elaboración de licencia.
f) Entrega de licencia.
Ficha de registro.
Presencial.
10 días hábiles
Por el otorgamiento de Licencia de uso de suelo se pagará por el coeficiente de ocupación del suelo (COS) de acuerdo a las siguientes tarifas:
Clase 1. Hasta 60.00 metros cuadrados 0.085 UMA por metro cuadrado.
Clase 2. De 61.00 metros cuadrados a 120.00 metros cuadrados 0.150 UMA por metro cuadrado.
Clase 3. De 121.00 metros cuadrados a 240.00 metros cuadrados 0.250 UMA por metro cuadrado.
Clase 4. De 241.00 metros cuadrados en adelante 0.500 UMA por metro cuadrado.
Efectivo, transferencia o cheque certificado.
Toda documentación recibida procederá a evaluación y en un plazo de 10 días hábiles se dará respuesta.
Calle 37 s/n x 148 y 150 col. Héctor Victoria. C.P.97320. Progreso, Yucatán. Tel.9691030727
1(uno) año a partir de su expedición.
Depende de las particularidades de cada proyecto.
* Reglamento de construcción del Municipio de Progreso, Yucatán.
* Ley y reglamentos de salud.
* Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente del estado de Yucatán.
* Ley de asentamientos humanos.
* Programa de ordenamiento ecológico del territorio costero de Yucatán.
* Programa de desarrollo urbano del Municipio de Progreso y su zona conurbada.